Los medicamentos del país deberán informar si son libres de gluten
Mediante un decreto, se reglamentó la llamada Ley de Celiaquía, que establece que los tratamientos que se dispensan en farmacias deben informar en sus envases si son aptos para estas personas. Además, se actualiza la cobertura de obras sociales y prepagas sobre alimentos autorizados por la ANMAT.
Desde el 2009, en la Argentina existe una ley que protege a los pacientes que padecen celiaquía, una afección autoinmune que daña al revestimiento del intestino delgado y que se caracteriza por la intolerancia al gluten. La idea es generar mecanismos para mejorar el acceso a los productos “sin TACC”, como se conocen, además de otras cuestiones, como la mayor información. En este contexto, esta semana se reglamentó una de las leyes vigentes, para que los medicamentos informen en sus envases sobre su condición respecto de este trastorno.
Según el decreto 218/2023, los tratamientos que se dispensan en farmacias “deberán identificarse en función de su contenido o ausencia de gluten como ‘Libre de gluten’ o ‘Este medicamento contiene gluten’”. Este aspecto constituye “una preocupación en las personas con enfermedad celíaca dado que los medicamentos pueden constituir también una posibilidad de incorporar gluten en el organismo de manera involuntaria por el desconocimiento de su composición”, según informaron desde el Ministerio de Salud. Además, la flamante reglamentación define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos Sin TACC y establece las adecuaciones que deberán realizar las instituciones y establecimientos para poder ofrecer un “Menú Libre de Gluten seguro”.
Las entidades de pacientes festejaron la decisión, y marcaron la importancia de su puesta en marcha. En Argentina, se estima que 1 de cada 167 personas adultas son celíacas, mientras que en la niñez la prevalencia es aún mayor (1 de cada 79). El único tratamiento efectivo para la Celiaquía es mantener una alimentación libre de gluten de por vida, para lo cual resulta fundamental contar con disponibilidad de alimentos libres de gluten (ALG) seguros. En el decreto conocido esta semana, se establece por un lado la metodología mediante la cual se actualizará el monto de cobertura actual por parte de obras sociales y prepagas, y por otra parte se deja establecida la periodicidad con la que se realizarán las actualizaciones subsiguientes que serán cada 6 meses. El monto de cobertura pasará de 2.672 a 7.806,73 pesos contemplando la CBA publicada por INDEC el 20 de abril de 2023. Por otra parte, a través del Programa Nacional de Detección y Control de Enfermedad Celíaca, dependiente de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles del Ministerio de Salud de la Nación, se logró la incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de las herramientas para la pesquisa y diagnóstico de la enfermedad, la elaboración y publicación de una Guía de Práctica Clínica sobre Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Celíaca en el Primer Nivel de Atención y su posterior actualización a través del Documento de Consenso de Enfermedad Celíaca.
Para Mariana Holgado, miembro de la Asociación Celíaca Argentina, "este decreto corresponde más bien a muchas de las modificaciones que se hicieron en 2015 de la Ley de Enfermedad Celíaca de 2009 y que al no estar reglamentadas no se cumplían porque faltaba la letra chica", "La reglamentación también establece cómo restaurantes y bares deben ofrecer un menú libre de gluten, qué cuidados tiene que haber para que sea seguro y qué criterios se deben utilizar", añadió. Respecto de la cobertura de obras sociales y prepagas, Holgado destacó que "más allá de la actualización del monto, lo importante es que antes de esta reglamentación se dependía de la buena voluntad de la funcionaria o el funcionario de turno; en cambio ahora se establece un plazo de revisión de seis meses y asociado a la canasta básica". Si bien desde la Asociación celebraron esta reglamentación, Holgado concluyó que "el precio de los alimentos libres de gluten sigue siendo elevado y son de difícil acceso para gran parte de la población", lo que consideró "un tema que sigue pendiente". Diferentes organismos públicos trabajaron junto al Ministerio de Salud de la Nación para que la reglamentación sea realidad. Entre ellos, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Justicia, la Superintendencia de Servicios de Salud, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Todos ellos están involucrados en la implementación con el objetivo de obtener calidad ejecutiva y mayor eficacia en el régimen de protección de los derechos de las personas con enfermedad celíaca.
Decreto 218/2023: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/285149/20230426
Fuente: Mirada Profesional