NOTICIAS CAFABO

19/11/2019

La ANMAT prohíbe termómetros digitales no registrados en el país

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 9263/2019

Productos médicos: Prohibición de uso, comercialización y distribución.
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019

Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se
encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración, de
todas las medidas de los productos médicos rotulados como “TEMP DIGITAL Oral
Thermometer – VERIDIAN healthcare – 60 Second Readout – Made in China” y “DIGITAL Thermometer – 8 Second
– VERIDIAN healthcare – Made in China”, por las razones expuestas en el Considerando de la presente.
 

ARTÍCULO 2°: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín
Oficial. Comuníquese al Ministerio de Salud de la provincia de Salta, a la Dirección Nacional de Habilitación,
Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, a las autoridades
sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Relaciones
Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la
prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, archívese. Carlos
Alberto Chiale

e. 19/11/2019 N° 88555/19 v. 19/11/2019

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SEDE
  • 25 de Mayo 624, Morón
  • Buenos Aires, Argentina.