CIRCULAR NRO. 142.25 - CEMIC
Estimados Asociados:
Por medio de la presente, tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a fin de poner en vuestro conocimiento las siguientes novedades, a saber:
Se adjunta la norma de atención actualizada.
Se recuerda que los medicamentos APIXABAN/CLEXANE no requieren autorización, como así también que los que estén habilitados en el validador están cubiertos. Por tal motivo no requieren autorización.
Rogamos tomar debida nota de todo lo expuesto a fin de evitar posteriores inconvenientes.
ADMINISTRACIÓN CAFABO